La aprobación por el Gobierno de Navarra del Decreto Foral 38/2009, de 20 de abril, por el que se regulan los requisitos básicos y las medidas de seguridad de las Instalaciones y Equipamientos Deportivos, se traza o fija como objetivo a alcanzar que tanto el equipamiento deportivo como las instalaciones deportivas de uso público en la Comunidad Foral, ya sean de titularidad pública o privada, queden sujetos en materia de condiciones técnicas y seguridad a los reglamentos de las instalaciones deportivas y de esparcimiento (NIDE) del Consejo Superior de Deportes, y cumplan con las normas mínimas de normalización y homologación establecidas en normas UNE (Unas Normas Españolas) o UNE-EN (Unas Normas Españolas-adaptadas a Normas Europeas), contribuyendo así a una práctica deportiva segura.
Dicha norma crea asimismo la Comisión Navarra de Seguridad de las Instalaciones y Equipamientos Deportivos como órgano colegiado con funciones administrativas de asesoramiento, encaminadas a garantizar una práctica deportiva segura. Integrado por diez miembros y presidido por la Consejera del Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deporte, la composición del órgano se completa con representantes del citado departamento, de los Departamentos de Interior y Educación de la Administración Foral y de representantes de la Federación Navarra de Municipios y Concejos.
El nuevo Decreto Foral obliga al titular de la instalación a adaptar sus instalaciones y equipamientos a las normativas nacionales y europeas reseñadas y a levantar ACTA anualmente del estado de la instalación y del equipamiento deportivo, acta que quedará a disposición de la Administración Deportiva de la Comunidad Foral, y a colocar carteles informativos previniendo de los posibles riesgos derivados de la uso inadecuado del equipamiento deportivo.